miércoles, 29 de febrero de 2012

Acceso igualitario al papel


La ley 26.736 declara como una actividad de “interés público” la fabricación y comercialización de papel para diarios.

Asimismo, impone una serie de indicaciones y regulaciones que deberán seguirse en este sector y cuyo cumplimiento será verificado por la autoridad de aplicación de la ley, que será el Ministerio de Economía y Finanzas:

a) - Se deberá buscar aumentar progresivamente la participación de la industria nacional en el sector, tanto en los insumos como en la producción misma del papel.

b) - Se deberá buscar reducir al mínimo el impacto ambiental de la actividad, implementando sucesivas mejoras técnicas (las mismas deberán ser presentadas en informes anuales por cada empresa a la autoridad de aplicación)

c) -Se deberá garantizar el acceso igualitario de TODOS los medios al papel para diario.

d) -Se establecerá un Precio Único de Pago al Contado, que será igual para todos los compradores que adquieran más de una tonelada de papel y que responderá a una fórmula matemática (si te interesa, ver link aparte) que considera costos de los insumos, materias primas, costo de oportunidad y otras variables económicas.

e) -Se deberá planificar con tres meses de anticipación los planes de producción, de manera que el Estado estime la cantidad que no se cubra con producción local y que sea necesario importar.

f) La Autoridad de Aplicación deberá determinar los requisitos técnicos para los puntos de la ley y podrá inspeccionar las fábricas o realizar auditorías para verificar su cumplimiento. Será asistida por una “Comisión Federal Asesora”. A su vez, dentro del Congreso, ocho legisladores de cada cámara (con representación proporcional de cada bloque) deberán realizar el seguimiento de la situación de esta industria y de la aplicación de la ley, a través de una Comisión Bicameral Permanente.

Se creará, a su vez, un registro de todos los fabricantes y comercializadores de papel para diarios.

En cuanto a la empresa Papel Prensa S.A. (cuya propiedad es compartida por el Estado y los grupos mediáticos La Nación y Clarín, ver imagen arriba a la derecha), principal productora de pasta celulosa, la ley le exige que opere al máximo de su capacidad operativa o a un nivel que permita cubrir la demanda interna si en algún momento esa demanda fuera menor a la capacidad de la fábrica. También se estipula que presente cada tres años un plan de producción actualizado tendiente a cubrir la totalidad de la demanda interna que esté estimada para ese momento. Finalmente, si el Estado, en futuras inversiones, aportase fondos en proporción mayor a las acciones que posee dentro de la empresa, podrá incrementar su paquete accionario en la misma en función del dinero que haya aportado.

La ley, de esta forma, procura poner fin a décadas de comportamientos irregulares por parte de esta empresa que, haciendo uso de una posición prácticamente monopólica, manejaba los niveles de producción según su conveniencia, afectando la adquisición de papel por parte de los otros medios. Así, pretende asegurar un acceso más igualitario de los medios gráficos más chicos a su insumo fundamental.

Si querés leer la ley completa, ingresá acá:
http://www.senado.gov.ar/web/proyectos/verExpe.php?origen=CD&nro_comision=&tipo=PL&numexp=85/11&tConsulta=4 (Incluye PDF con fórmula para calcular el precio del papel)

Si te interesa el tema podés revisar los siguientes links:

Documentos oficiales por la causa que investiga irregularidades en la adquisición de Papel Prensa S.A.: http://www.mecon.gov.ar/basehome/informe_papel_prensa.htm

Informe oficial de la causa: http://www.mecon.gov.ar/basehome/pdf/papel_prensa_informe_final.pdf

Sitio oficial de Papel Prensa S.A.: http://www.papelprensa.com/

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