lunes, 27 de febrero de 2012

Ley de Tierras



La Ley de Protección del Dominio Nacional sobre la Propiedad de Tierras Rurales (Ley 26.737), más conocida simplemente como “Ley de Tierras” se propone evaluar, regular y limitar la tenencia de porciones del territorio nacional por parte de extranjeros.

La ley ordena, en un plazo no mayor a 180 días a partir de su sanción (que tuvo lugar el 22 de diciembre de 2011) a crear un registro de todas las propiedades rurales que estén en manos de extranjeros. Esto incluye no sólo a las personas físicas que hayan nacido fuera del país, sino también a las jurídicas; es decir a cualquier empresa, institución u organización cuyo capital sea en un 51% o más perteneciente a extranjeros. Se considerará tierra rural a toda aquella que esté por fuera de zonas urbanas.

El registro a crearse tendrá el nombre de Registro Nacional de Tierras Rurales, dependiente del Ministerio de Justicia.

A su vez, se imponen las siguientes restricciones para la compra de tierra por parte de extranjeros:

a) Primera restricción: La cantidad de tierras rurales en posesión extranjera no puede superar el 20% del territorio.

b) Segunda restricción: De ese porcentaje, no puede haber más de un 30% en manos de personas (físicas o jurídicas) de una misma nacionalidad.

c) Tercera restricción: Una misma persona extranjera no puede poseer más de mil hectáreas. Incluso si tuviera varias propiedades, la suma de las mismas no puede superar esa cantidad.

d) Cuarta restricción: La adquisición de tierras por parte de extranjeros no es considerada como “inversión” por tratarse la tierra de un recurso no renovable, de manera que deja de gozar de los beneficios que le otorgaría cualquier tratado bilateral de inversiones firmado por nuestro país.

La ley establece que si se descubriera que un argentino encubre, a su nombre, una posesión por parte de un extranjero, dicha adquisición se declarará nula, sin derecho a recibir ninguna indemnización. Asimismo, otorga 180 días a cualquier persona extranjera para informar de sus propiedades rurales al Registro Nacional de Tierras Rurales.

De esta manera, se intenta desde la legislación proteger un recurso estratégico como lo es la tierra y evitar la extranjerización de nuestro territorio.

Si querés leer la ley completa, ingresa acá: http://anibalfernandez.com.ar/Documentos/Proyecto_de_ley_de_Proteccion_al_Dominio_Nacional_sobre_la_Propiedad,_Posesion_o_Tenencia_de_las_Tierras_Rurales.pdf

Si te interesa el tema, podés revisar los siguientes links:

Discurso de la Presidenta al enviar el Proyecto de Ley al Congreso: http://www.presidencia.gov.ar/discursos/6256-anuncio-del-proyecto-de-ley-sobre-propiedad-posesion-o-tenencia-de-tierras-rurales-discurso-de-la-presidenta-de-la-nacion

Estudio de la FAO sobre extranjerización de tierras en Latinoamérica: http://www.youtube.com/watch?v=yl7WFod7ez4

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