viernes, 16 de marzo de 2012

Decreto contra los Capitales Golondrina

El Decreto Presidencial 616 del Año 2005, firmado por el Dr. Néstor Kirchner, se propone regular el ingreso de capitales extranjeros al país, haciendo foco en los llamados “capitales golondrina”, es decir aquellos que, lejos de destinarse a una inversión productiva como mínimo a mediano plazo, entran y salen de un país a otro por períodos muy cortos, buscando especular con situaciones monetarias, financieras, etc. Su ingreso masivo puede, por ejemplo, hacer subir la cotización del dólar bruscamente y luego hacerla bajar al retirarse esos capitales del país.
Por ello, este decreto se propone limitar la acción de este tipo de capitales, marcando:
a) La obligación de registrar cualquier ingreso o egreso ante el Banco Central.
b) Que las deudas contraídas por personas físicas o jurídicas residentes en Argentina con otras residentes en el exterior no pueden tener un plazo de cancelación mayor al de UN AÑO.
c) Que los capitales ingresados al país (sea para compra de moneda local, de bonos, activos financieros o cualquier otro objetivo) no podrán ser retirados del país por lo menos hasta los 365 días después de su ingreso.
d) Que los mismos deberán dejar durante ese primer año al menos un 30% del total en forma de depósitos en dólares en algún banco del país.
Así, se busca diferenciar los capitales que llegan desde el extranjero para verdaderas inversiones, de aquellos que sólo buscan especular, dejando tras su ida graves daños y comprometiendo la estabilidad cambiaria y financiera del país.

Si querés leer el decreto completo, ingresá acá: http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInternet/anexos/105000-109999/106969/norma.htm

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